
Los acuerdos de comunidad que no necesitan mayoría
Hay algunos acuerdos de comunidad que no necesitan mayoría, aunque frecuentemente nos olvidamos de ellos: son los acuerdos que se adoptan por un tercio del total de los propietarios y de las cuotas, y están detallados en los apartados 1 y 3 del artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.