Reparación del techo del cuarto de baño

Pregunta

Hace unos días, al propietario de una vivienda se le cayó un trozo de techo del cuarto de baño dejando al descubierto el tirante de una vigueta, apreciándose que estaba oxidada. Acudió el seguro del de arriba, el de la comunidad y el del propietario de la vivienda.
El seguro de la Comunidad consideró que el problema era por la vigueta oxidada pero como eso es por deterioro de los años el seguro no lo cubre. Por lo tanto al ser un problema de la estructura del edificio el propietario afectado considera que la Comunidad debe reparar.
El presidente consideró que debia mandarse a alguien para que hiciera una cata para realizar un presupuesto y que además dictaminara la razón por la cual la vigueta se encuentra oxidada. Se ha mandado a un rehabilitador y este ha descartado que sea por fuga del de arriba y ha dicho que lo más seguro es que los vapores que suben de la ducha se han filtrado provocando la oxidación. Por ello, el presidente me ha dicho que él considera que el propietario de la vivienda es el responsable de la oxidación por no mantener su vivienda (reparando grietas en el techo por las que se podia filtar el vapor) y que la comunidad no se hace responsable de esta reparación.
Por otro lado, le he explicado esto al seguro y ellos me han indicado que la estructura es de la comunidad y que realmente ha sucedido porque el edificio es antiguo y debe arreglar la comunidad.
Ahora tengo la duda, ¿está en lo cierto el presidente y, por no haber hecho un mantenimiento adecuado de su vivienda, la reparación de la viga de la comunidad debe arreglarla el propietario afectado, o por el contrario al ser de la comunidad y ser un problema por antigüedad debe responsabilizarse ésta?

Respuesta

En esta reparación del techo del cuarto de baño se produce una situación típica, en la que intervienen tres compañías de seguros y ninguna quiere responsabilizarse del siniestro.

Sin conocer las circunstancias que rodean el siniestro es difícil dar una opinión fundada sobre quién es el responsable de la reparación del techo del cuarto de baño. En todo caso, la hipótesis de que el vapor de la ducha oxide la vigueta parece -cuando menos- singular.

Si no hay una posibilidad de acuerdo entre las partes involucradas (propietario superior, propietario inferior, comunidad y sus respectivas aseguradoras), la única salida posible es acudir a los tribunales, aportando las pruebas que cada uno considere oportuno, e involucrando a las aseguradoras que no afronten las responsabilidades contratadas en las pólizas respectivas.

Es importante resaltar que, además de la reparación del techo del cuarto de baño, hay que afrontar la reparación/sustitución de la vigueta, fundamentada en un informe pericial de un facultativo que se responsabilice del mismo y pueda dirigir  y certificar las obras de restauración estructural que haya que acometer.

En cuanto a los seguros, en los que tengan contratados con la mediación de un corredor, será más fácil la negociación con las compañías, y en todos habrá que leer detenidamente los condicionados de las pólizas para orientar las posibles reclamaciones. Si finalmente no se consigue una respuesta adecuada de alguna de las compañías, siempre queda el recurso de   dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros manifestando las quejas que correspondan.

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