En la comunidad estamos teniendo problemas con el portero, faltas de respeto hacia los propietarios, gritos, actitudes agresivas hacia ellos, llegando incluso a hacer llorar a una niña de 3 años asustada por los gritos y actitud agresiva de este. Por estos hechos se solicitó al Presidente y Administrador por parte de los dos vecinos que fueron objeto de este comportamiento, entre ellos el vicepresidente de la comunidad, que se actuara disciplinariamente contra el empleado, este suceso vino motivado al ser el empleado recriminado ya que ese día se encontraba picando la ventana de una vivienda, provocando la caida de escombros a las zonas comunes, sin señalizar y luego vertiendo estos a un contenedor de basuras municipal. Presidente y Administrador se negaron a actuar disciplinariamente por la falta de respeto y la actitud haciendo llorar a una niña pequeña, ya que primero alegaron estar fuera de sus competencias y requerir denuncia ante la autoridad judicial de los afectados (cabe reseñar que los hechos no parecen ser constitutivos de delito, así como que las versiones de dos vecinos y portero eran contradictorias, para después, siendo preguntados por las leyes o normas que avalen esta respuesta, respondieron que no están dispuestos a tomar medidas disciplinarias que puedan ocasionar gastos a la comunidad si el empleado llegase a recurrir la sanción. Que para ello necesitan contar con el apoyo de todos los vecinos y que se tratará el tema en la próxima junta ordinaria que se celebrará de aquí a 8 meses. Igualmente decirles que en la liquidación del 3er trimestre de 2015 aparece un gasto del cambio de un grifo de las zonas comunes comprado a fecha 8/09/15, el grifo no ha sido cambiado, hay fotos que demuestras que es el mismo de hace un año o más; preguntado el portero (persona que lo compró y cambio a iniciativa propia pasando el gasto a la comunidad) por si ese es el grifo nuevo, manifiesta ante el Administrador y vicepresidente que si, que ese grifo es nuevo. El administrador reconoce verbalmente al vicepresidente que «este nos la ha colado con el grifo». Este hecho podría se constitutivo de un delito de estafa, tienen obligación legal administrador y presidente de denunciarlo? deben además sancionarlo disciplinariamente? Cómo se debe actuar ante estos problemas y la poca predisposición de Presidente y Administrador? |
Respuesta
La actuación de la comunidad de propietarios ante los problemas originados por el portero en el desarrollo de su actividad, corresponde al Presidente y Administrador de la misma, teniendo en cuenta el convenio colectivo vigente en el ambito territorial en el que esté situada la comunidad.
Lo habitual es que se convoque una Junta extraordinaria de la comunidad para debatir los problemas originados por el portero y decidir la forma de actuar para resolverlos (apertura de expediente, posible sanción, etc.).
La forma más efectiva de resolver estos problemas originados por el portero es que la celebración de la Junta tenga lugar a la mayor brevedad posible, evitando así la distorsión de la realidad que pueden producir las diferentes versiones de lo ocurrido y los comentarios de unos y otros.