Obras necesarias para la conservación del inmueble

Pregunta

 

Habiendo sido autorizada en ultima Junta Ordinaria de Propietarios realizar obra rehabilitación terrado superior a mi piso para eliminar filtraciones de agua por lluvias, desde Noviembre 2014. aun no he conseguido que se realicen por demoras injustificadas.
El coste de la obra asciende a 2.500 euros y somos 11 vecinos a contribuir en los gastos. Hay Administrador que no decide actuar hasta obtener autorización del Presidente y estudio económico para hacer frente al pago.

Respuesta

Las obras necesarias para la conservación del inmueble son obligatorias para la Comunidad, en virtud del artículo 10.1.a) de la Ley de Propiedad Horizontal, y ni siquiera requieren el acuerdo previo de ella, salvo para decidir sobre los presupuestos presentados. El hecho de haberlas aprobado y no ejecutado actúa en contra de la Comunidad y la demora o negligencia pueden derivar en responsabilidades exigibles al Presidente y al Administrador.
La solución es acudir a los Tribunales para obligar a la Comunidad la inmediata realización de la obra y exigir al Presidente y Administrador la responsabilidad por su negligencia en la ejecución de los acuerdos de la Junta.

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