En la comunidad donde resido no nos consta que hayan estatutos y todos los gastos que se generan se pagan por coeficientes, tanto derramas por obras como el agua de la escalera, esta decisión se tomo en una junta tal y como consta en el libro de actas al que hemos tenido acceso al cambiar de administrador. Hablando con un compañero nos ha llegado noticia de que en Cataluña ha cambiado el libro V del código civil que recoge la normativa de la propiedad horizontal (si no estoy equivocado), en esta nueva disposición se recoge que para el cambio de los estatutos hacen falta las 4/5 partes de votos y que para cambiar las cuotas de participación hace falta la unanimidad.Mis dudas son:
¿Se pueden hacer unos nuevos estatutos en los que se establezca que los gastos comunes de la comunidad, como agua, luz, limpieza y en definitiva de los gastos que no tienen que ver con el coeficiente de cada vivienda se paguen por partes iguales, dejando los gastos de obras mayores como rehabilitaciones de terrazas y fachadas por coeficiente? En caso favorable ¿se podría hacer cumpliendo la norma de las 4/5 partes? El cambio en las cuotas de participación que se ha de aprobar por unanimidad, ¿se refiere al porcentaje de cada piso sobre el total de la comunidad? ¿o también a la manera en que se sufragan los gastos? |
Respuesta
Para modificar el sistema de reparto de gastos es necesaria la unanimidad, tanto en Cataluña como en el resto de España.
Aunque, de acuerdo con la reciente modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, la aprobación o modificación de los estatutos solo requiere la doble mayoría cualificada de 4/5 partes, para incluir en ellos un nuevo sistema de reparto de gastos debe haberse aceptado previamente este sistema, por unanimidad, según se establece en el artículo 553-26, modificado por la Ley 5/2015, de 13 de mayo.
El cambio en las cuotas de participación se refiere tanto a los coeficientes de copropiedad en la comunidad, como a las aportaciones que realizan los propietarios para atender a los gastos comunes.