Somos propietarios de la tercera planta del edificio desde antes de su habilitación como comunidad de propietarios.
No somos, ni hemos sido nunca, partidarios del servicio de gas, por lo que no aceptamos ni su instalación, ni contador, en nuestra vivienda, sirviéndonos exclusivamente del fluido eléctrico.
Sin embargo recientemente, debido a unas fugas en los contadores de gas, que han sido causa de reparaciones y mantenimiento, nos han incluído en nuestra factura de gastos de comunidad la cantidad correspondiente al coeficiente, como cualquier otro gasto comunitario como escalera, ascensor, etc.
Pensamos que es un cargo que no nos debe corresponder.
Respuesta
El mantenimiento de las instalaciones comunes de gas (infraestructura de suministro energético colectivo) no se puede repercutir a los propietarios que, en su día, se opusieron a la instalación y no han solicitado posteriormente el acceso al citado suministro, según se dispone en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.