Quería consultar si un vecino puede colocarse unas persianas en la fachada principal sin que los demás estemos de acuerdo y en caso que siga con su intento que tendríamos que hacer |
Respuesta
La instalación de persianas en la fachada principal es una modificación de un elemento común que no puede llevar a cabo un propietario sin autorización de la comunidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Para que pueda hacerse, se requiere la aprobación unánime de la comunidad, en Junta de propietarios (incluyendo esta propuesta en el Orden del Día), en virtud de lo que dispone el artículo 17.6 de la LPH.
Si ya se ha realizado la instalación de persianas en la fachada principal, habrá que requerir al propietario para que las desmonte, volviendo la fachada a su estado original, y si no atendiera este requerimiento, podría iniciarse un procedimiento judicial para restituir la configuración exterior de la comunidad.
Otra alternativa sería la denuncia ante el Ayuntamiento que puede denegar o condicionar cualquier actuación antiestética o lesiva para la imagen de la ciudad en el marco de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación del municipio de que se trate.