Acabo de adquirir una vivienda. Se trata de un bajo, situado debajo de la cota del portal. El otro día me introdujeron en el buzón un papel pidiendo votos para la instalación de un ascensor. En el caso de que esto se llevara a cabo, quisiera saber cuáles son mis derechos y obligaciones respecto de esta mejora comunitaria. ¿Cómo se toma el acuerdo? ¿Me corresponde pagar un porcentaje de estos gastos, a pesar de que no lo pueda utilizar para acceder a mi vivienda? |
Respuesta
De acuerdo con el artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal reformada, para la instalación de ascensores en comunidades, se requiere el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen más del 50% de los coeficientes, suponiendo que sea viable técnicamente.
En el caso de que en el edificio viva algún minusválido o alguna persona mayor de 70 años, esta instalación se considera como supresión de barreras arquitectónicas, y el acuerdo se toma por doble mayoría (de propietarios y de cuotas) simple. Pero si el importe de las obras es inferior a doce mensualidades ordinarias de gastos, estas obras son obligatorias para la Comunidad, y no es necesario aprobarlas en Junta, que solo decidirá sobre el presupuesto a aprobar y su financiación.
Cuando las obras superen las doce mensualidades ordinarias, el exceso de dicho importe pueden asumirlo los promotores de las mismas, mientras que seguirá siendo obligatorio para la Comunidad contribuir con una cantidad equivalente al presupuesto ordinario de un año.
En cualquiera de los casos, una vez tomado el acuerdo, la obligación de pago corresponde a todos los propietarios, incluso a los bajos, sótanos y locales sin acceso al portal, que deberán aportar a esta mejora en proporción a sus respectivos coeficientes de propiedad.
Le recomiendo acceder a nuestra sección dedicada a ascensores para consultar toda la legislación aplicable, así como enlaces de interés. Para la instalación de un ascensor siempre es recomendable pedir varios presupuestos, puede consultar nuestro directorio de empresas de instalación y mantenimiento de ascensores para informarse sobre varios proveedores.
También puede ampliar información sobre la instalación de ascensores en los posts de nuestro blog:
Líneas de teléfono para ascensores
¿Cómo ahorrar en ascensor sin gastar un euro?
La instalación de ascensores en fachada, cada día más fácil
Más facilidades para la accesibilidad en Comunidades de Propietarios
Por supuesto, si las obras se someten a la consideración de la Junta, y se aprueban por la doble mayoría de propietarios y coeficientes, el acuerdo obliga a todos los propietarios, y todos contribuirán, en proporción a su coeficiente, al importe total de las obras, aunque excedan un año de cuotas.