Tengo una terraza en donde justo abajo hay piso de otro propietario, concretamente su galería. La cuestión es que después de 30 años que se hizo la terraza, le han empezado a salir humedades a la del piso de abajo. La comunidad dice que como las humedades han aparecido alrededor del sumidero de mi terraza, se debe levantar un metro cuadrado de terraza y reparar solamente ese trozo de tela asfáltica y baldosas. La cosa es que como ya no existen baldosas iguales ni en cuanto al color ni en cuanto al tamaño, me dicen que me dejarán este metro cuadrado con baldosas similares pero que no tienen ni el mismo color ni el mismo tamaño y por lo tanto me va a quedar un trozo de terraza diferente al resto. Mi pregunta es: Puedo exigir que me lo cambien todo y me lo dejen todo igual? ¿Estoy en la obligación de aceptar? Lo lógico ¿no sería que me dejaran todo el suelo con el mismo pavimento y además que cambiaran la tela asfáltica de toda la terraza para que no pase en otros lugares más adelante? |
Respuesta
En la reparación de humedades procedentes de terraza privativa hay que tener en cuenta cuál es el origen de dichas humedades porque, dependiendo de la causa de las filtraciones, el obligado a su reparación será el propietario o la comunidad.
Si como usted apunta, el deterioro de la tela asfáltica es la causa, la responsable de la reparación de humedades procedentes de la terraza será la comunidad de propietarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que obliga a la misma al mantenimiento y conservación del inmueble.
Por el contrario, si el origen de las humedades se debe a falta de mantenimiento de la propia terraza, baldosas levantadas o sumidero atascado, quien tiene que reparar será el propietario, de acuerdo con el artículo 9.1 de la LPH, que impone al propietario la obligación de «… mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder…»
En cualquier caso, sea de quien sea la responsabilidad de la reparación de humedades procedentes de terraza privativa, no se puede utilizar el criterio del parche por la propia naturaleza de la avería. Lo razonable sería levantar toda la terraza, sustituir toda la tela asfáltica, con sus baberos correspondientes y solarla de nuevo por completo, con baldosas lo más parecidas a las antiguas.