En la C.P. que administro se van a realizar unas obras (pintar e impermeabilizar fachada), por parte de un autónomo, que vendrá acompañado de otro autónomo. ¿Debemos exigirle que se inscriba en el REA (Registro de Empresas Acreditadas)? ¿Tendremos alguna responsabilidad al respecto, en caso de inspección, o accidente? |
Respuesta
La cualificación de las empresas para realizar obras de construcción se obtiene inscribiéndose en el Registro de Empresas Acreditadas que certifica el cumplimiento de los requisitos de capacidad y calidad en Prevención de riesgos laborales.
Hasta donde yo sé, los autónomos que no tienen trabajadores por cuenta ajena, están exentos de inscribirse.
Por otra parte, los autónomos no pueden subcontratar, con lo que la presencia del segundo autónomo puede ser problemática.
En cualquier caso, la prevención de riesgos laborales es obligatoria, y la obra debe contar con un Plan de prevención, elaborado por el contratista (autónomo). Si no existiera este plan, la Comunidad podría enfrentarse a una responsabilidad importante.
Para mejor información puede dirigirse al Registro de Empresas Acreditadas, cuya página web es https://expinterweb.empleo.gob.es/rea/