Me gustaría saber cuándo se considera que es un atasco privativo y cuando que es comunitario. |
Respuesta
Como en todas las averías y siniestros, la cuestión determinante para saber si es un atasco privativo o un atasco comunitario, depende exclusivamente del origen del mismo.
Cuando el atasco tuviera lugar en un elemento común, sería un atasco comunitario y -de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal– la responsabilidad sobre el mismo sería de la comunidad de propietarios que tiene la obligación de conservar el inmueble y todos sus servicios e instalaciones comunes.
Si el atranco se produce en una conducción privativa, se trata de un atasco privativo, y la responsabilidad de su reparación, así como la de los posibles daños originados, corresponde al propietario de la vivienda a la que pertenezca la referida tubería, según se dispone en el artículo 3 de la LPH.
La dificultad para discernir si es un atasco privativo o comunitario es, en realidad, es la misma que la de distinguir entre elementos privativos y comunes.
Un elemento privativo es un espacio delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, con los elementos arquitectónicos e instalaciones de cualquier clase cuya utilización es exclusiva del propietario de ese espacio. En el caso concreto de los desagües, se considera elemento privativo el ramal que discurre desde la vivienda hasta la bajante general de aguas fecales. Es natural que si se produce un atasco en este ramal, su responsable sea el propietario de la vivienda, puesto que los residuos de ninguna otra vivienda pasan por ahí.
Los elementos comunes son los que se utilizan o dan servicio a varios (o a todos) los propietarios.
En la práctica, cuando en una vivienda sale agua sin que se eche por los desagües, estamos ante un atasco comunitario, y cuando echamos agua por cualquier desagüe de la casa y no se va sino que sale por un conducto más bajo de la casa (y los desagües de las restantes viviendas funcionan perfectamente), se trata de un atasco privativo.