¿Còmo reclamar a propietarios que no pagan?

Pregunta

Buenos días, somos 23 vecinos de una comunidad, desde hace varios años alguno ha dejado de pagar las cuotas, alguno debe más de 3.000€ (en 11 años solo pagaron alguna cuota), se convocó (junio 2014) una reunión en la que se decidió por mayoría denunciar a los morosos, y el presidente se negaba a la firma para proceder a dicha denuncia; este año se hizo el cambio de presidente, al no haber asistentes se delegó el cargo precisamente a uno de los propietarios que más debe, eso es legal??, solo pagamos 5 vecinos, podemos hacer algo al respecto para reclamar que paguen sus deudas con la comunidad??, algún vecino se agarra a que tienen la nómina embargada y no vamos a cobrar, y luego se les ve todo los fines de semana llevando una buena vida, yo personalmente estoy cansada de pagar para mantener los servicios básicos de la comunidad y no dejo de pagar por no perder mi derecho de voto, pero para que sirve que pague si después no puedo hacer nada, algunos dejaron de pagar porque otros no pagan porque no quieren. Me podían decir qué puedo hacer, si dejar de pagar mandando un burofax explicando los motivos, denunciar por nuestra cuenta (los que pagamos), con abogado???? Espero sus respuestas, gracias, un cordial saludo.

Respuesta

Reclamar a los propietarios que no pagan no es el único problema de su comunidad.
Lo primero que tienen que resolver es la falta de participación de los propietarios en los asuntos de la comunidad que afectan a todos, y convencerse de que no pagar porque otro no pague es la peor forma de bloquear el funcionamiento de la comunidad, dificultando cualquier intento de solución.
Los pocos propietarios que cumplen sus obligaciones económicos deberían dar un paso al frente, asumiendo los cargos de la comunidad, uniendo sus esfuerzos para tratar de reconducir la situación. hablando con cada uno de los propietarios morosos para conocer sus motivaciones, su situación y el compromiso que están dispuestos a afrontar para ponerse al día.
Sería conveniente que contrataran un Administrador para poner al día las cuentas de la Comunidad y preparar la documentación necesaria para iniciar las reclamaciones judiciales de los casos que no puedan resolverse de manera amistosa.
En el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal se establece el procedimiento para reclamar a los propietarios morosos. Para garantizar el mejor resultado de estas reclamaciones, deberían contar con los servicios de un Abogado, que no es imprescindible pero sí muy conveniente para dichas actuaciones.

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