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Respuesta
Todos los acuerdos de la Junta de propietarios tienen que reflejarse en el Acta correspondiente a esa Junta, y todas las actas deben incluirse en el Libro de actas de la comunidad, tal como se regula en el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal.
En cuanto a la exención de los locales, habría que consultar la Escritura de división horizontal del edificio, y el Libro de actas de la comunidad para conocer el fundamento de esa exención.