La Ley de Propiedad Horizontal regula todo lo relativo a las comunidades de propietarios. Desde el otorgamiento de su Título constitutivo o Escritura de División Horizontal hasta la extinción de la propiedad horizontal. Desde el nombramiento de los cargos de la Comunidad a la convocatoria y celebración de las Juntas. Desde las mayorías necesarias para adoptar acuerdos a la manera de contribuir a los gastos comunes. Algunos de estos aspectos han variado notablemente a lo largo de los últimos años, lo que lleva consigo que se conozca como nueva Ley de Comunidades al último texto completo y vigente de la Ley de Propiedad Horizontal que se incluye a continuación actualizada, artículo por artículo, con todas sus modificaciones.
Imprescindible tenerlo a mano por parte de los responsables de las comunidades de propietarios autogestionadas.
Seguidamente se detallan todas las modificaciones que se han producido desde su publicación, así como el texto consolidado actualizado.
El texto de cada artículo se acompaña con un vídeo explicativo realizado por un Administrador Colegiado Experto en Propiedad Horizontal, y la colección completa de vídeos puede consultarse aquí.
LEY 49/60 DE PROPIEDAD HORIZONTAL
(21 de Julio 1960; BOE núm. 176, de 23 de Julio de 1960)
REFORMADA POR:
Ley 8/99 de 6-4-1999 (BOE de 8/4/99)
MODIFICACIONES:
Ley 2/88 de 23-2-1988 (BOE de 27/2/88)
Ley 3/90 de 21-6-1990 (BOE de 22/6/90)
Ley 10/92 de 30-4-1992 (BOE de 5/5/92)
Ley 1/2000 de 7-1-2000 (BOE de 8/1/2000)
Ley 51/03 de 2-12-2003 (BOE de 3/12/03)
Ley 19/09 de 23-11-2009 (BOE 24/11/09)
Ley 26/11 de 01-08-2011 (BOE de 2/8/11)
Ley 8/13 de 26-06-2013 (BOE de 27/6/13)
La Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, publicada en el BOE el 27/06/2013, introdujo importantes modificaciones en la Ley de Propiedad Horizontal vigente hasta entonces, concretamente en los artículos 2, 3, 9, 10 y 17, y en la Disposición Adicional, derogándose los artículos 8, 11 y 12.
Ley 42/15 de 5-10-2015 (BOE de 6/10/15)
Ley 7/19 de 1-3-2019 (BOE de 5/3/19)
Real Decreto-Ley 19/2021 de 5-10-2021 (BOE de 6/10/21)
CATALUÑA
En Cataluña rige, desde el 1 de julio de 2006, la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro Quinto del Código civil de Cataluña , relativo a derechos, y sólo para lo no establecido en los artículos 551 a 553, ambos inclusive de esta Ley, seguirá siendo de aplicación lo estipulado en esta Ley de Propiedad Horizontal.
Con posterioridad, dicha Ley fue modificada por la Ley 5/2015 de 13 de mayo (BOE.es – BOE-A-2015-6013 Ley 5/2015, de 13 de mayo, de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.)